Beneficios de reduccion de sanciones e interes ugpp
VELASQUEZ ASOCIADOS
La Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales implemento el “Esquema de Presunción de Costos”, prevista en el artículo 139 de la Ley 2010 de 2019, por lo anterior, esta en la obligación de emitir actos administrativos generando una reliquidación de las obligaciones aplicando el principio de favorabilidad. Al aplicar de oficio el esquema de presunción de costos al último acto administrativo proferido por la Unidad, los aportes y sanciones determinados serán recalculados disminuyendo el valor de la obligación a cargo de cada una de las personas independientes a quienes aplica el sistema de presunción de costos, además, le permitirá tener una reducción de los intereses de mora y sanciones siempre y cuando cancele o suscriba un acuerdo de pago antes del 30 de noviembre de 2020. Estos son los beneficios:


Por otra parte, si requiere un plazo superior a 12 meses para normalizar el pago de la obligación determinada, SIN acceder al beneficio tributario de terminación por mutuo acuerdo, puede suscribir una FACILIDAD DE PAGO con plazo máximo de cinco años [60 meses] cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 814 del Estatuto Tributario Nacional. En todas las facilidades de pago que se suscriban hasta el 30 de noviembre de 2020 los intereses moratorios de los aportes al sistema de salud y pensiones serán liquidados con la tasa de interés bancario corriente durante todo el plazo de la facilidad, lo que para usted será un ahorro significativo en intereses de mora.
Para acceder a estos beneficios con mucho gusto estamos a disposición para asesorarlo, contáctenos por cualquiera de nuestros canales.
